Sujeción y detención de caídas: ¿cuál es la diferencia?

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En el ámbito de la seguridad laboral, especialmente para las industrias en las que se trabaja en altura, es imprescindible comprender los matices de la protección contra caídas. 

Los riesgos de caída figuran entre las principales causas de lesiones y muertes graves relacionadas con el trabajo. Para combatir estos riesgos, las empresas emplean diversos sistemas de protección contra caídas. Principalmente, estos sistemas pueden clasificarse en dos grandes tipos: Sujeción y detención de caídas. Comprender la diferencia entre estos sistemas es vital para las empresas que desean garantizar la seguridad de sus empleados y cumplir las normativas.

 

1.Sistemas de retención de caídas

Definición:

Un sistema de retención de caídas está diseñado para evitar que los trabajadores alcancen un riesgo de caída en primer lugar. El objetivo es limitar o restringir el movimiento del trabajador para que no pueda acercarse lo suficiente como para caerse.

Componentes:  

Uso corporal: Se refiere al arnés de seguridad EN 361 o al cinturón EN 358 o al arnés para obra EN813 que lleva el trabajador. Para un sistema de retención de caídas, no siempre es necesario un arnés de cuerpo entero; en determinadas condiciones, bastará con un cinturón EN 358 o un arnés de obra EN813.

Anclages: Se trata de un punto de enganche seguro para las eslingas ANTICAÍDAS DE CONEXIÓN. Para la detención de caídas, debe ser capaz de soportar al menos 2650 libras / 1200 kg.

Dispositivo de conexión: Puede ser una eslinga, una línea de vida EN354 o EN358 con una longitud máxima de 2 m. Su longitud es crucial: debe ser lo suficientemente corta como para garantizar que el trabajador no pueda alcanzar el riesgo de caída cuando esté totalmente extendida.

Ejemplo:

Consideremos el caso de un techador que trabaja en un tejado plano, con el borde como riesgo de caída. Un sistema de retención de caídas podría consistir en una eslinga atada a un cinturón, con el otro extremo atado a un anclaje. La longitud de la eslinga debe ser tal que, aunque el trabajador intente acercarse al borde, la eslinga le impida llegar a un punto desde el que pueda caer.

Nota: El elemento de amarre EN 354 no puede tener una longitud superior a 2 m.

 

2. Sistemas anticaídas

Definición:
Los sistemas de detención de caídas, a diferencia de los sistemas de retención de caídas, no están diseñados para evitar la caída. En su lugar, están diseñados para detener («parar») de forma segura a un trabajador que ya se ha caído, evitando que se golpee contra el suelo o contra un objeto situado debajo.

Componentes: 
Arnés corporal: Un arnés de cuerpo entero EN361 es un componente no negociable del sistema anticaídas. Los cinturones corporales no son apropiados para la detención de caídas porque pueden causar lesiones durante las mismas.

Anclaje: Para los sistemas anticaídas, el anclaje debe ser capaz de soportar cargas mucho mayores en comparación con los sistemas de retención de caídas. Debe soportar al menos 2.200 kg o estar diseñado e instalado como parte de un sistema completo de detención de caídas con un factor de seguridad de al menos dos.

Se trata de un punto de fijación seguro para los anticaídas conectados. Para anticaídas, debe ser capaz de soportar al menos 2650 libras / 1200 kg EN795 o 2800 libras / 1300 kg para 2 personas (TS16415 multiusuarios).

Dispositivo de conexión del anticaídas: Puede ser una eslinga con absorbedor de impactos EN355 o una línea de vida retráctil EN360 o una línea de vida de cuerda EN 353.2-EN 353.1. Su objetivo es absorber y distribuir la fuerza ejercida durante una caída, que debe ser inferior a 600 daN, minimizando las lesiones.

Medios de rescate: Un componente crítico, pero a menudo pasado por alto. Una vez detenida la caída, el trabajador queda colgado. Tiene que haber un mecanismo o procedimiento para rescatarlo rápidamente. El usuario puede utilizar el evacuador EN 341 o el cabrestante de rescate EN 1496.

Ejemplo:

Imagine a un trabajador de la construcción trabajando en una grúa a una altura considerable. Su arnés de cuerpo entero está conectado a una eslinga con absorbedor de impactos, que a su vez está unida a un robusto punto de anclaje. Si el trabajador se cayera, el sistema de detención de caídas se activaría, y la eslinga se expandiría para desacelerar la caída, garantizando que el trabajador se detiene de forma segura antes de llegar al suelo o a cualquier obstáculo situado debajo.


Comparación entre la protección anticaídas y la detención de caídas: Principales diferencias

Objetivo:

Los sistemas de sujeción de caídas son proactivos, y su objetivo es evitar que se produzca una caída. Los sistemas de detención de caídas son reactivos, diseñados para actuar una vez que la caída ya se ha producido.

Uso corporal:
Las sujeciones anticaídas pueden utilizar arnés de seguridad EN 361 o cinturón EN 358 o arneses de obra EN813, mientras que la detención de caídas requiere estrictamente un arnés de cuerpo entero EN361.

Resistencia del anclaje:
El punto de anclaje debe cumplir la norma EN795 o tener una carga de rotura mínima de 2.650 libras / 1.200 kg.

Ámbito de aplicación:
Los sistemas anticaídas son más adecuados para lugares en los que es posible restringir el movimiento para evitar alcanzar riesgos de caída, como los tejados planos. Los sistemas anticaídas son obligatorios para lugares donde no se pueden evitar completamente los riesgos de caída, como los trabajos en andamios o el mantenimiento de torres.

 

Conclusión

Para las empresas que operan en sectores en los que el trabajo en altura es una norma, es de vital importancia comprender la diferencia entre los sistemas de retención y de detención de caídas. La elección del sistema adecuado puede marcar la diferencia entre un accidente casi mortal y un accidente mortal.

Mediante una evaluación exhaustiva del entorno de trabajo y la comprensión de los riesgos inherentes, las empresas pueden implantar el sistema correcto, garantizando no sólo el cumplimiento de la normativa sino, lo que es más importante, la seguridad y el bienestar de sus empleados. No dude en solicitar el certificado de conformidad con el nuevo reglamento europeo 2016/425.